El error inexcusable, causal de destitución de jueces
DOI:
https://doi.org/10.61243/calamo.9.215Palabras clave:
Función Judicial, Consejo de la Judicatura, Jueces, Independencia judicialResumen
El “error inexcusable” es una conducta tipificada como falta gravísima en el Código Orgánico de la Función Judicial del Ecuador. La figura, sobre la que no dice nada más la norma legal que la contempla (artículo 109.7 del COFJ), fue utilizada indiscriminadamente por el Consejo de la Judicatura. La doctrina, el derecho comparado y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, han establecido qué se debe entender por error inexcusable: un desconocimiento grosero, una aplicación arbitraria de la ley que produzca un efecto irreparable. Esta definición no fue suficiente para que el Consejo de la Judicatura dejara de aplicarlo en la destitución de jueces y fiscales que, a fin de cuentas, resultaban incómodos o no respondían a los intereses del gobierno, de manera que se violentó flagrantemente la autonomía e independencia del juzgador.
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Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Conclusión 428 de la Resolución PLE–CPCCS–T–O–037–04–06–2018
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