O princípio da igualdade fiscal numa perspetiva de género
DOI:
https://doi.org/10.61243/calamo.1.327Palavras-chave:
princípio da igualdade, o imposto de igualdade de gênero, igualdade erogatoria, feminismoResumo
O Estado, no exercício da sua atividade financeira, administra os seus rendimentos e os gastos públicos para a realização de seus objetivos e os direitos constitucionalmente consagrados. Os princípios determinados pela suprema norma -particularmente os financeiros, como o de igualdade-, são os que devem encaminhar o ordenamento jurídico para que se elimine a discriminação de gênero e para criem políticas públicas que tendam a colocar as mulheres no lugar que historicamente lhes foi negado na sociedade. Na tentativa de fornecer uma definição de igualdade, primeiro surgirão várias e distintas vozes, tendo em vista ser, a igualdade, um valor complexo com diferentes significados e conotações. Dentro deste critério, a igualdade pode ser vista a partir do lado tributário como a partir do erogatorio. É nessas esferas, bem como a partir da perspectiva de gênero, que no presente artigo se abordará o princípio da igualdade tributária.
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