El deber del Estado ecuatoriano de reparar las violaciones de Derechos Humanos
DOI:
https://doi.org/10.61243/calamo.1.336Palabras clave:
Derecho Internacional de los Derechos Humanos, derechos humanos, reparación, violaciones de derechos humanos, obligaciones internacionales del Estado, investigar, sancionar violaciones a derechos humanosResumen
El Estado, al haber ratificado los instrumentos internacionales de derechos humanos, se compromete a cumplir con las obligaciones que se generan de estos. La doctrina y jurisprudencia internacionales identifican obligaciones positivas y negativas en materia de derechos humanos. Las primeras requieren del Estado el abstenerse de llevar a cabo conductas que los violen; las segundas requieren que el Estado realice acciones para dar cumplimiento de los derechos. Si es que se incumplen dichas obligaciones, se constituirá una violación a los derechos y el Estado deberá reparar el daño resultante de dicha violación. La noción de reparación integral incluye diferentes aspectos y mecanismos que buscan enmendar la situación ocasionada por la violación de los derechos.
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