Facultad de Derecho  
					intereses sociales que lo instrumentalizan, en otras pa-  
					labras: una “mímesis perfeccionada” (Benjamin 2003,  
					respecto de la que hasta entonces había sido la única  
					manera de ver el mundo: la narrativa triunfante crea-  
					da por la violencia sistemática.  
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					17). Las medidas de reparación simbólicas, y las ac-  
					ciones conmemorativas, reivindicadoras, publicitarias  
					u honrosas que conllevan, perderían su sentido si se  
					aplican únicamente al interior del círculo íntimo de la  
					víctima y sus familiares. Por el contrario, la intención  
					del resarcimiento de la honra, el buen nombre y, en  
					última instancia, de la verdad de los hechos ocurridos,  
					es una memoria que tiene que validarse a nivel colec-  
					tivo. El arte aparece entonces como la convocatoria  
					social apta para inaugurar una otredad y un sentido  
					nuevo, no solo comunicándolo, sino distribuyéndolo  
					a través de una obra y sus significaciones.  
					Lo anterior cobra sentido, pues el recuerdo (que está  
					entre el límite de lo individual y lo colectivo) se vivencia  
					por un sujeto individual y no admite la reformulación  
					crítica ni la incorporación de nuevos elementos des-  
					de el tiempo presente. Pero un Centro de Memoria o  
					museo conmemorativo apuntala a la experiencia, que  
					surge “como interrupción, desplazamiento que vin-  
					cula el pasado con el presente, ofreciendo una nueva  
					imagen” (Grimoldi 2010, 203). Sin dejarse obnubilar  
					por lo vivencial, la verdadera restitución inmaterial de  
					derechos, a la honra, al buen nombre, a la verdad, a  
					la memoria, se da en el momento específico en que  
					el acontecimiento de arte propicia la fricción entre el  
					pasado y el presente, y gesta, instala y transmite una  
					nueva imagen que trastoca el orden del sentido im-  
					plantado por los regímenes fascistas, opresores y las  
					dictaduras.  
					Esa significación no es la simple comunicación de  
					una idea o concepto, sino algo más y no algo menos  
					(
					la simple transferencia de mensajes se realiza a través  
					de sistemas de códigos comunicacionales que respon-  
					den a reglas consensuadas y aceptadas por las partes  
					intervinientes). Pero aquí la idea se retuerce, supera la  
					unidimensionalidad comunicativa (Andruchow 2017).  
					Entonces, el contrario contundente de las leyes de  
					amnistía es el arte, como antagonista del olvido pac-  
					tado. Las conmemoraciones, marchas, obras de teatro,  
					encuentros y disculpas públicas, actualizan la imposi-  
					bilidad de olvido, presentifican más no representan a  
					las violaciones de derechos humanos, para poder, si se  
					quiere, darle a ese pasado una oportunidad de ser es-  
					cuchado desde un presente que le recupera. La mirada  
					al pasado entonces, se vuelve política.  
					Las medidas de reparación inmaterial apelan a resca-  
					tar una verdad particular para incorporarla a la gran  
					memoria colectiva por medio de la acción de recordar,  
					no solo con palabras (unidimensionalidad comunica-  
					tiva), sino por encima de ellas. “Recordar en el sentido  
					de Benjamín tiene que ver con un espacio que aparece  
					al quebrarse la temporalidad lineal y abrirse el tiempo  
					hacia todas las direcciones haciendo confluir pasado,  
					presente y futuro en un remolino en el que giran el  
					antes y después” (Pinilla 2010, 290).  
					En efecto, ya no es la memoria como simple objeto  
					de contemplación o interpretación de su sustancia  
					y manifestación como facultad social o individual.  
					Esta memoria, por el contrario, demanda, desde una  
					dimensión política, una ética de la responsabilidad so-  
					bre las vidas frustradas por la barbarie y una suerte de  
					justicia reivindicativa de las víctimas (Reyes 2006, 67).  
					Esta “memoria de lo que queda en las cunetas de la  
					historia” (Pinilla 2010, 299) es recuperada por me-  
					dio del recuerdo, pero se diferencia del mismo, pues  
					lo sobrepasa; “por eso, la oposición entre recuerdo y  
					memoria se puede traducir en una tensión entre, por  
					un lado, una repetición conmemorativa cercana a  
					cierta voluntad historicista, y por otro, la construc-  
					ción de un pasado en el límite entre lo individual y  
					lo colectivo” (Grimoldi 2010, 2). La pulsión por re-  
					cuperar los recuerdos de unos y transformarlos en  
					memoria de todos, tiene un carácter post–moderno,  
					por la vigorización que de los relatos vencidos se hace  
					para volverlos céntricos y por el desafío que se hace  
					Política, derecho y estética permitirán entonces hacer  
					la transmutación merecida por las víctimas y dis-  
					puesta por los tribunales internacionales o de justicia  
					transicional, según sea el caso. “Es cambiar muerte  
					por vida. La música, la poesía, el teatro, el cine, los tí-  
					teres (…) conectan el pasado con el presente creando  
					una nueva forma del recuerdo y una nueva proyección  
					CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 10 (Diciembre, 2018): 73-85  
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