DERECHO Y EXPRESIONES ARTÍSTICAS LAW AND ARTISTIC EXPRESSIONS DIREITO E EXPRESSÕES ARTÍSTICAS
Toda evocación de un aula de clase es un acto de agradecimiento incompleto. La recreación de ese es- pacio cobra vida en el recuerdo cuando concurre una sonoridad, una voz que proyecta palabras, un lenguaje. Este dossier de la Revista Cálamo es el intento de invo- car, como si fuese un resplandor, la voz de quienes nos enseñaron el Derecho, o más bien, la voz de quienes nos enseñaron a pensar el Derecho y a defender los derechos, como se piensa la música y se defiende el poder transfor- mador de la literatura y de todas las artes. Esas voces fueron varias. Vuelven a la memoria en el intento de ser otra vez los estudiantes jóvenes que fuimos. Aspirantes a abogados que leían poemas y novelas mientras el Ecuador, como siempre, se deshacía. Esas voces calma- ban las ansiedades y las inquietudes, incluso los sueños y las ingenuidades. Esas voces fueron muchas, pero sobre todo una, la del profesor Diego Falconí Trávez.
Fue la clase de Literatura y Derecho, de Falconí Trávez, nuestro maestro iniciático en estas indagaciones, la que nos permitió comprender que el deseo de ser abo- gados no era incompatible con el amor a los libros y a los proyectos creativos (otra manera de decir que que- ríamos, de alguna manera, contar historias). Y no sólo eso. Diego nos desafió a utilizar las intertextualidades posibles entre ambas disciplinas académicas para
comprender el mundo, entender sus complejidades y precariedades, reconciliarnos con nuestros cuerpos y abordar críticamente el lugar que estos ocupan en la geografía, la lengua y el género. Diego nos llevó a hablar con los fantasmas: al asumir la presencia efec- tiva de un texto en otro, como lo diría Genette y lo evocaría Kristeva, se volvió evidente que todo lo que nos rodeaba, así como nuestros propios cuerpos, eran también textualidades.
Es posible que Diego haya exacerbado en nosotros el amor a Franz Kafka y a Pablo Palacio; y por lo tanto, a una nueva comprensión del Derecho a partir de ellos, ya no solamente como una racionalidad tendiente a organizar la sociedad, sino como una ausencia. Nos hizo meditar en lo que hace falta, lo irrecuperable, lo anhelado, lo roto, lo inútil y lo imposible. Es decir, en las distintas dimensiones del silencio, que es parte del lenguaje, como las palabras. Y quizá la memoria fue otra ofrenda de sus clases. Nos referimos a la literatura latinoamericana, particularmente la que ha buscado acompañar los gritos y los silencios de los oprimidos. Gracias a esta clase supimos que la aboga- cía era apropiada para nuestras búsquedas éticas, estéticas o de cualquier otra índole, porque podíamos conducir nuestras carreras hacia la aventura de lo inexplorado, lo conscientemente sentido e imaginado.
** Tiene un máster en Política Pública por la Hertie School of Governance (Berlín, Alemania) y es abogada y licenciada en Relaciones Internacionales por la Universidad San Francisco de Quito. Es una de las cofundadoras de la revista USFQ Law Review y actualmente lidera proyectos de cambio organiza- cional y liderazgo con enfoque inclusivo en LEAD Forward. Ha colaborado como consultora en participación ciudadana y tecnologías de la información con la Cooperación Alemana - GIZ en Ecuador y como directora zonal de participación ciudadana en el Municipio de Quito.
Correo electrónico: nicole.galindo.s@gmail.com
6 CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 20 (Enero, 2024): 6-10
Por todo esto, nos ha llenado de felicidad el contenido de este dossier, armado a lo largo de un riguroso pro- ceso editorial que incluyó revisiones por pares ciegos y correcciones; es decir, una escritura que ha buscado el más alto nivel de coherencia y claridad. Ha sido grato el corroborar que el camino que elegimos, de aquel tiem- po a esta parte, tuvo inquietudes, y esas inquietudes tuvieron un sentido. Los artículos y las dos entrevistas que presentamos a continuación ratifican que es infinita la geografía entre el Derecho y las expresiones del arte.
Este dossier inicia con un trabajo del investigador chileno Camilo Arancibia Hurtado, autor de un corpus ya referencial en América Latina sobre la interdiscipli- nariedad existente entre la literatura y el Derecho. En esta ocasión, por medio de su texto “Hannah Arendt frente al Derecho y la Literatura. Redención narrativa”, Arancibia explora epistemológicamente esta intersec- ción a fin de arribar a la obra de la filósofa judía. Este artículo nos sumerge en conceptos que van de la teoría política, la filosofía o la estética, hasta el contraste entre alta y baja cultura, o la belleza y la inutilidad del arte. La primera provocación de este texto consiste en imaginar que Arendt es bienvenida al Derecho y a la literatura, en tanto teórica política e incluso filósofa, más que a partir de sus escritos sobre arte o estética. Volveremos al pensamiento de quien exploró la posibilidad de na- rrar y narrarse a sí misma y fue enemiga de los métodos positivistas como únicos medios para enfrentar la in- vestigación. Arancibia, al estudiar a Arendt, le rinde un justo homenaje en el hecho de reconocer su actualidad y su permanencia en el futuro.
David M. Castillo Aguirre y André Granda Vélez, por su parte, presentan el artículo “Juan Darién: El mensa- je jurídico develado”, que propone hablar del derecho a la igualdad y a la no discriminación en el contexto de una reflexión sobre la subjetividad jurídica, que se parece tanto a la literaria en cuanto a invención de la racionalidad humana expuesta al mundo. Es un ar- tículo que nos lleva al universo de Horacio Quiroga, particularmente a un posible mensaje jurídico conte- nido en uno de sus cuentos. Quizá, en alguna medida, este análisis nos permite confrontar, una vez más, las posibilidades de la ciudad –la de Dios, la de las letras o la de la modernidad– con el misterio de los territorios silvestres o selváticos, donde rigen otras leyes, como
el instinto. En este trabajo hay una pregunta que con- fronta la voluntad, que puede ser un monstruo, frente a la privilegiada realidad de gozar de un derecho, que por voluntad externa puede ser arrebatado. Incluye un luminoso ejercicio imaginativo: pensar a Quiroga como profesor de Derecho o, al menos, la utilización de textos literarios para la enseñanza del Derecho, en torno a la subjetividad.
En “Hamlet o Rosa. Teatralidad y sentencias cons- titucionales”, Javier Arcentales Illescas indaga en las intersecciones entre el teatro y el Derecho desde una mirada que busca la justicia. Su trabajo examina la potencialidad dramática de la representación de fallos de la Corte Constitucional, por un lado, como ejercicio pedagógico y, por otro, como posibilidad para revitali- zar el sentido de justicia de los mismos. A través de la aproximación a tres fallos constitucionales, el autor en- treteje los elementos estéticos y jurídico políticos que aquellos comparten con la experiencia teatral: actores, conflicto, acción y representación. Arcentales propone que este entretejido permita una comprensión más integral de las decisiones judiciales mediante su puesta en escena: la representación como posibilidad tanto para la comprensión como para el cuestionamiento de las decisiones judiciales.
Érika Rigotti Furtado, en “Frankestein, ou, o prom- teteu moderno. Os impulsos da modernidade e o mundo jurídico pós-moderno”, explora los efectos de la modernidad en la fundamentación del Derecho y la justicia actuales, a partir de un análisis literario e histó- rico del Frankenstein de Mary Shelley. La autora plantea que la obra es un ejemplo importante de los conceptos de secularización y modernidad que comenzaban a surgir en el contexto en el que fue creada. A partir de ello, la autora aborda su impacto en el mundo actual posmoderno. Expone que, como consecuencia del des- encadenamiento de la modernidad, tanto el Derecho como las manifestaciones culturales en la actualidad estarían afectados por una crisis de relativización cuyo riesgo es la distorsión de la idea de justicia. Rigotti Furtado termina por invitarnos a repensar la estruc- tura social posmoderna, y a abordar la relativización cultural desde una mirada crítica, con la finalidad de fortalecer al Derecho como herramienta de concreción de la justicia.
En “Macario. Sueño de una vida digna”, Alfonso Roiz Elizondo reflexiona sobre la desigualdad y la margina- ción estructurales de la población indígena en México, a partir del análisis del clásico del cine mexicano Macario. El autor usa el relato de la tragedia de Macario y su referencia alegórica a la tradición de rendir homenaje a la muerte, como hilo conductor para identificar la vulneración sistemática e histórica a varios derechos fundamentales de la población indígena, como los derechos a la alimentación, a la salud, a la medicina tradicional indígena, a la vivienda digna y la libertad de religión. Usando datos estadísticos actuales, Algonso Roiz Elizondo busca mostrar que la marginación vi- sibilizada en Macario –cuyo contexto histórico es el virreinato– no ha cesado hasta el presente. Reflexiona, además, sobre la doble condición de vulnerabilidad de las mujeres indígenas, tanto en Macario como en la actualidad. El autor propone, más que un estudio minucioso, una crítica jurídico social a los obstáculos estructurales y estigmas sociales permanentes que enfrenta la población indígena en México y que, en el contexto específico de Macario, se soluciona únicamen- te con la muerte.
Por su parte, Danilo Caicedo Tapia, en su artículo “Derecho, derechos y cómics. Una aproximación pe- dagógica”, propone a la intersección entre el Derecho y las expresiones artísticas –y de manera específica el cómic– como una herramienta para la enseñanza del Derecho y de los derechos, por medio de algunas téc- nicas educativas que, en el criterio del autor, fortalecen las posibilidades pedagógicas. En su trayecto argumen- tativo, Caicedo explora la triple dimensión del cómic, su naturaleza cultural, artística y como medio de masas, así como su capacidad de dialogar y nutrirse con la ciencia y el conocimiento. Además, con la finalidad de ejem- plificar esta propuesta, analiza con la ayuda del cómic el concepto, o tipo penal, del etnocidio; tan relevante para entender en el Ecuador y el mundo la problemática en torno a los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas, y de las comunidades en general, a la pre- servación de su cultura, su lengua, y la relación con su tierra y su entorno.
El siguiente artículo, de Fabricio A. Lanzillotta y Rodrigo Morales Zorich, se detiene en dos obras cinematográfi- cas, que en sus respectivos momentos de aparición han
sido ampliamente comentadas en las facultades de de- recho de América Latina. El artículo “La anomia en el cine: Argentina, 1985” analiza la anomia en las películas El secreto de sus ojos y Argentina, 1985, de la mano de la sociología jurídica y la posibilidad de que el cine sea un vehículo traductor del lenguaje jurídico para que pro- cedimientos judiciales, y las reflexiones que provocan, puedan llegar ampliamente a la sociedad. Ambas pro- ducciones narran momentos complejos de la historia argentina en torno a la abominable dictadura militar que duró de 1976 a 1983, y tienen en común que son espacios propicios para hablar de la anomia o ausencia de normas, incluso de la imposibilidad de aplicar los principios del Derecho y de la urgencia por reconstruir el tejido social y el vínculo entre la ciudadanía y el Estado. También es un artículo sugerente para meditar sobre nociones indispensables como la reparación y la memoria.
En “Colores, luz y sombras de la pintura ecuatoriana. El arte como herramienta para visibilizar a la naturaleza como sujeto de derechos”, Viviana Morales Naranjo presenta una aproximación histórica al paisajismo como expresión artística y herramienta emancipadora de derechos, incluyendo los de la naturaleza. Lo hace exponiendo un mosaico de la obra de artistas ecuatoria- nos de los siglos XIX, XX y XXI. En un primer momento, la autora aborda la pintura paisajista romántica del siglo XIX y analiza sus limitaciones como herramienta de conquista de derechos puesto que es abordada desde una mirada antropocentrista y sus autores evitan la re- presentación de las relaciones socio-ecológicas entre la naturaleza y quienes la habitan, tanto personas indíge- nas como mestizos. En un siguiente momento, Morales Naranjo se traslada a los siglos XX y XXI para analizar el arte indigenista ecuatoriano y la pintura intercultural. Propone, desde este contexto, que la evolución del pai- sajismo, a partir de una mirada antropocéntrica hacia enfoques biocéntricos y ecocéntricos, ha coadyuvado a la concepción de la naturaleza como sujeto de dere- chos y a la revalorización, partiendo por la denuncia social pero también la reivindicación de los pueblos indígenas, de sus tradiciones culturales y sus vínculos estrechos con la naturaleza.
La capacidad del Derecho para dialogar con las expre- siones del arte, en este caso con la pintura, parecería
infinita. “Reflexiones sobre el Derecho a partir del mural ‘Imagen de la patria’,” artículo de Alejandro Raúl Mogrovejo Gavilanes, se detiene en el mural que Oswaldo Guayasamín instaló en el salón plenario del Palacio Legislativo ecuatoriano, hoy renombrado en honor a Nela Martínez Espinoza1, que puede ser, en un primer momento, un instrumento para la ense- ñanza del Derecho con honda sensibilidad histórica y conciencia política. Sin embargo, es la posibilidad de analizar el pluralismo jurídico y los derechos humanos, a partir de las realidades narradas en el mural, el aporte más decidido de este trabajo. Por supuesto, el autor refuerza, con una mirada crítica, la importancia social del Derecho y la centralidad de la dignidad de la exis- tencia humana en la noción de Estado constitucional, sin olvidar la historia de los pueblos que habitan lo que hoy es el Ecuador.
La problemática de la interpretación de obras artísti- cas, así como de enunciados jurídicos, en cuanto a la determinación de su significado, es el objeto de análisis de Gustavo Silva Cajas en “La traición de las imágenes y las palabras. Lo estados psicológicos en la interpreta- ción artística y jurídica”. El autor toma como referencia las obras Ceci n’est pas une pipe y Les amants de René Magritte y el artículo 17.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como el trabajo de Ronald Dworkin, para hacer una crítica a la metodolo- gía de interpretación intencionalista como herramienta suficiente, o única, para la mejor interpretación posible. Luego de abordar al ejercicio interpretativo como fin en sí mismo y como medio para comprender el valor artís- tico y los objetivos que la obra artística, por un lado, y la norma jurídica, por el otro, el autor plantea como alter- nativa la metodología de interpretación constructivista. Esto en la medida en que la interpretación constructi- vista permite hacer la mejor interpretación posible en referencia al valor artístico de la obra y al fin de justicia que persigue el Derecho.
Finalmente, este número de Cálamo incluye dos en- trevistas muy pertinentes para hablar de los diálogos interdisciplinarios que enriquecen al quehacer jurí- dico. La primera es la entrevista de la jurista María
Helena Carbonell Yánez al abogado y profesor colom- biano Jorge González Jácome, precisamente sobre los atributos del arte en la enseñanza del Derecho, tema tan importante en este dossier, pero con un aterrizaje en el movimiento teórico que constituye la compren- sión del Derecho y la literatura, que ha consolidado un espacio interseccional no sólo para las artes, sino también para las humanidades, y una alternativa para construir significados culturales y sociales sobre el mundo. Por último, el profesor Gustavo Silva Cajas entrevista a Ramiro Avila Santamaría, no sólo uno de los más prolíficos creadores de pensamiento jurídico ecuatoriano de la actualidad, sino un ex juez de la Corte Constitucional que enfrentó los retos de ejercer la jurisdicción del mismo modo en que ha enfrentado la vida: con su vocación de lector insaciable de litera- tura y como un apasionado de las causas que considera justas, la música y las demás expresiones del arte y las culturas.
Quizá el contenido de este dossier contribuya a reafirmar la pertinencia de estos cruces y de la interdis- ciplinariedad, aunque sabemos que el reto aquí asumido ha tenido que ver con una operación afectiva, porque únicamente los afectos podrían tejer hilos suficiente- mente elocuentes entre el Derecho y las expresiones del arte en un país donde la abogacía atraviesa una pro- funda crisis, ética e incluso epistemológica, que podría implicar su triste devenir en una banalidad2. Quizá cobijamos la aspiración de despertar el inconsciente colectivo y que las sociedades contemporáneas puedan notar, como lo cantó la voz de Mercedes Sosa, que éste se construye también con las palabras y los silencios de “los hambrientos, los locos, los que se fueron, [y] los que están en prisión”3.
En el verano de 2019 visitamos el museo de Franz Kafka en Praga. Era un artefacto metafísico que bus- caba recrear, como si eso fuese posible, el cerebro de quien es para nosotros el más grande escritor de la len- gua alemana. En las búsquedas espirituales y estéticas de Kafka reconocimos la lucidez y el horror del sistema jurídico occidental, sus eternos dilemas deontológi- cos, la trampa del formalismo y la esperanza de una
Política, escritora y primera mujer en ejercer la legislatura en Ecuador.
Que podría ser incluso, en palabras de Hannah Arendt, una banalidad del mal.
Sosa, Mercedes, Inconsciente colectivo.
redención. Cobramos, en definitiva, conciencia de que ante una normatividad en crisis y los actos de violencia que caracterizan al mundo, éramos tan frágiles como Gregor Samsa. Pero también habitantes de una lengua y, quizá, de la ausencia. Este dossier de Cálamo es una conversación que iniciamos durante el viaje que en tantas ocasiones emprendimos hacia la universidad, para que nuestros maestros nos enseñaran el Derecho, pero también es un viaje que se ubica en el futuro y
en la ilusión de que otros aspirantes a abogados, con tantas dudas e inseguridades como las que tuvimos nosotros, se decidan a continuar esta historia.
Nicole Galindo Sánchez - Miguel Molina Díaz Coordinadores
Quito-Berlín, diciembre 2023