Facultad de Derecho  
SOBREVIVIENDO EN EL HADES: PROTECCIÓN INTERNACIONAL, IUS MIGRANDI  
Y GEOMETRÍA DEL PODER  
SURVIVING IN THE HADES: INTERNATIONAL PROTECTION, IUS MIGRANDI  
AND GEOMETRY OF POWER  
SOBREVIVENDO NO HADES: PROTEÇÃO INTERNACIONAL, IUS MIGRANDI  
E GEOMETRIA DO PODER  
Alonso Fonseca*  
Universidad de las Américas  
Recibido: 10/03/2016  
Aceptado: 22/06/2016  
Resumen:  
El artículo aproxima varios enfoques sobre la emergencia  
the examination of political and economic conditions  
that somehow question its application as a right. Finally  
a critic geography vision has to be considered in order to  
dully establish places, actors and links between the power  
relations that involve the trajectories of the people in  
situation of displacement.  
humanitaria provocada en Medio Oriente, principalmente  
por la guerra en Siria, que tiene repercusiones regionales y  
globales de post-frontera. Para intentar una convergencia  
conceptual de aspectos jurídicos, políticos y geo-estratégi-  
cos, se propone analizar el balance de la protección a mi-  
grantes y refugiados en primer lugar desde la mirada de las  
agencias internacionales de protección (OIM-ACNUR). En  
un segundo momento, se muestra el derecho a migrar, Ius  
Migrandi, como un derecho complejo, por cuanto su ejer-  
cicio supone examinar ciertas condiciones políticas y eco-  
nómicas que de algún modo cuestionan su cumplimiento  
como derecho. Finalmente, se acude a una visión de geogra-  
fía crítica para situar lugares, actores y coyunturas dentro de  
los entramados de poder donde se desenvuelven las trayec-  
torias de las personas en situación de desplazamiento.  
Key words: Migrations; Humanitarian Crisis; Migrant  
Human Rights; Multiculturalism; People’s Rights; Critical  
Geography; Power Geometry.  
Resumo:  
O artigo aproxima vários enfoques sobre a emergência hu-  
manitária provocada no Oriente Médio, principalmente  
pela guerra na Síria, que tem repercussões regionais e glo-  
bais de post-fronteira. Para tentar uma convergência con-  
ceitual de aspectos jurídicos, políticos e geoestratégicos, se  
propõe analisar o balanço da proteção aos imigrantes e re-  
fugiados em primeiro lugar desde a ótica das agencias inter-  
nacionais de proteção (OIM-ACNUR). Em segundo lugar,  
se mostra o direito de migrar, Ius Migrandi, como um dire-  
ito complexo, y por isso seu exercício supõe examinar cer-  
tas condições politicas e económicas que de alguma forma  
questionam seu cumprimento como direito. Finalmente, se  
recorre a una visão da geografia critica para situar lugares,  
atores e conjunturas dentro dos entreamados de poder onde  
ser desenvolvem as trajetórias das pessoas em situação de  
deslocamento.  
Palabras clave: Migraciones; Crisis Humanitaria; Derechos  
Humanos del Migrante; Multiculturalismo; Derecho de  
Gentes; Geografía Crítica; Geometría del Poder.  
Summary:  
is article approaches the humanitarian emergency in  
the Middle East, due to the Syrian war, which has had  
regional and global post-frontier repercussions. In order  
to try a conceptual convergence of the political, legal  
and geostrategic aspects, an analysis of the balance of the  
protection to immigrants and refugees starting with the  
perspective of the international agencies for protection  
(
OIM-ACNUR) must be made. As a complementary  
Palavras chaves: Imigrações; Crise Humanitária; Direitos  
Humanos do Imigrante; Multiculturalidade; Direito das  
Gentes; Geografia Crítica; Geometria do Poder.  
part of the analysis the right to migrate (Ius Migrandi) is  
showed as a complex right since its execution is based on  
*
Profesor de la facultad de Derecho de la Universidad de las Américas, Quito, Ecuador. Abogado y Doctor en Jurisprudencia por la Universidad Central  
del Ecuador. Máster en Ciencias Sociales con mención en Antropología por FLACSO-Ecuador. Magíster en Gobernabilidad y Gerencia Política por la  
Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Quito, Ecuador. Máter Universitario en Teoría Crítica de Derechos Humanos por la Universidad Pablo de  
Olavide, España.  
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NOTAS PREVIAS  
Los fenómenos globales que implican grandes des-  
plazamientos poblacionales son estudiados por la de-  
mografía, la economía, la geopolítica, o la geografía a  
partir de datos, simulaciones, estadísticas o fórmulas,  
por lo que es menos frecuente de lo que parece que  
exista una apreciación política o jurídica de los luga-  
res y espacios físicos o materiales que contienen su  
problemática. Con esta apreciación, las migraciones  
han permitido durante mucho tiempo poner a prueba  
diferentes conceptos: desarrollo, orden jurídico, dere-  
chos humanos, política y democracia, entre otras de-  
finiciones vitales para la convivencia social. Así pues,  
mirando en el fondo del problema de la migración  
contemporánea, pueden aparecer otros conceptos que  
originariamente no habían sido valorados por los estu-  
dios convencionales, como el papel de las organizacio-  
nes internacionales para producir una migración or-  
denada y planificada, el dinamismo político-simbólico  
del derecho a migrar (Ius Migrandi) y las construccio-  
nes sociales sobre los desplazamientos humanos den-  
tro de la lógica del poder a partir de espacios geográfi-  
cos desiguales (Keaney 2008, 57; Harvey 2014, 150).  
donde si bien es cierto que existe alguna planificación  
individual, la decisión de abandonar la sociedad de  
origen es siempre urgente e inaplazable, situando a la  
persona en un nivel de vulnerabilidad tal, que puede  
ser presa de mafias nacionales o internacionales (Mera  
2011, 144).  
En un segundo momento, esta indagación académica  
explora la complejidad de la noción del Ius Migrandi,  
entendido como el derecho a la movilidad humana in-  
tegral, que hunde sus raíces en el Derecho Internacio-  
nal Público de tipo clásico, actualizando su noción de  
cobertura y protección jurídica de la mano del Dere-  
cho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH),  
e incluso de la filosofía política, a partir de nociones  
como libertad de movimiento y liberación humana-es-  
clavitud en el pensamiento de autores como Arendt y  
Agamben, respectivamente (Arendt 2005, 284; Agam-  
ben 2006, 77).  
Finalmente, el artículo intenta abrirse paso por un  
terreno conceptual sinuoso, como es pretender un  
análisis de la situación de la migración-desplazamien-  
to-refugio bajo el enfoque de la geografía crítica, que  
muestra al espacio y al tiempo como variables poco  
neutrales, encontrando más bien, que estas coordena-  
das están cargadas de intenciones y prácticas de poder,  
que deben incluso en algún momento, generar respon-  
sabilidad política y a la larga, quizás responsabilidad  
jurídica (lucha contra la impunidad). En este escena-  
rio, Doreen Massey, una representante de la geografía  
crítica aporta a este análisis con su definición de geo-  
metría de poder (Massey 2012, 7).  
Con lo anterior, el presente artículo se ubica dentro de  
repertorios políticos de escape o emergencia (situación  
de los actores) en los que las personas, no solo deciden  
marcharse para construir un nuevo proyecto de vida,  
sino huir para sobrevivir. En ese contexto, se mezclan  
las trayectorias de los migrantes con las de los despla-  
zados, y las de ellos, con los refugiados, o quienes aspi-  
ran a serlo, habilitando un embudo de clasificación de  
poblaciones cargado de discrecionalidad y discrimina-  
ción. Esta subjetividad colectiva y estas coyunturas, en  
principio confunden los estatutos de protección jurí-  
dica, provocando que las organizaciones internacio-  
nales, (a pesar de sus innumerables esfuerzos para la  
asistencia humanitaria), terminen desbordadas en su  
gestión por atender por separado, diversas y múltiples  
necesidades jurídicas (Rivero 2011, 269).  
Adicionalmente, es necesario destacar que el artículo  
reconoce una deuda directa con el pensamiento políti-  
co de Hannah Arendt, que permite acercarnos a la gra-  
ve situación de los migrantes o refugiados que huyen  
de los diferentes conflictos bélicos, principalmente de  
Irak y Siria. En su ruta de escape, los migrantes y re-  
fugiados se instalan en campos donde existe un sufri-  
miento lento y angustiante. Estos campos, no son del  
todo distintos de aquellos estudiados por Arendt para  
entender el totalitarismo y sus efectos de control en la  
vida de las personas. La pensadora judío-alemana con-  
cibió la significación de estos lugares de hacinamien-  
to, por los niveles de sufrimiento de las víctimas y los  
clasificó en: Hades, Purgatorio e Infierno. En el primer  
Para dar cuenta de esta problemática, este artículo  
inicia mostrando la perspectiva de las agencias inter-  
nacionales de protección a los migrantes y refugiados,  
cuestionando tácitamente que la migración se conciba  
como un derecho ordenado de desplazamiento huma-  
no. Sin embargo, una buena parte de los proyectos mi-  
gratorios individuales provienen de regiones o países  
del mundo empobrecidos o sometidos a la violencia,  
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campo, Arendt sitúo a los refugiados, a los apátridas, a  
los enemigos políticos y a los desplazados.  
De la mano de las metáforas analíticas antes definidas,  
el artículo considera que situar a los seres humanos  
desplazados o migrantes en el Hades, no es un alivio  
para nuestra conciencia jurídica universal, para utilizar  
una noción del profesor Antonio Cançado Trindade,  
es más bien una alerta urgente para evitar el tránsito  
a los otros estadios de sufrimiento humano que ja-  
más deben volver, ni siquiera en nuestras pesadillas  
(Cançado 2002, 38).  
En el segundo, la autora analizó el sufrimiento de las  
personas con trabajos forzados que llegaban al límite  
de la vida, como ocurrió con los desterrados en la épo-  
ca de Stalin. En el tercero, ubicó a todas las prácticas de  
desaparición sistemática de la vida, provocadas por el  
fanatismo nazi alemán (Arendt 1999, 662).  
LOS ESFUERZOS INSTITUCIONALES INTERNACIONALES: OIM Y ACNUR,  
LAS VOCES EN LA TORMENTA  
Las organizaciones internacionales comúnmente  
son asociadas a la Organización de Naciones Unidas  
(
ONU). Incluso a ojos de profesionales y académicos,  
algunas de ellas, a pesar de no ser parte de la ONU,  
son relacionadas a su nivel de cooperación y ayuda  
internacional. Este es el caso de la Organización In-  
ternacional para las Migraciones (OIM) que no es un  
1
organismo del Sistema de Naciones Unidas, pero que  
por encontrarse en Ginebra-Suiza, y por diversos es-  
fuerzos conjuntos con organismos como UNICEF y  
ACNUR, se la identifica con tal sistema (Organización  
Internacional para las Migraciones 2015).  
La OIM se originó en 1951 como un organismo in-  
tergubernamental que generó esfuerzos importantes  
para reubicar en Europa a personas con diferentes  
proyectos y necesidades migratorias, acogiendo indis-  
tintamente a desplazados, refugiados y migrantes en  
sentido estricto. Este organismo internacional es qui-  
zás la institución con mayor experiencia en el mundo  
para estudiar e intervenir en el fenómeno de la migra-  
ción a nivel global, entendiendo por supuesto a diver-  
sas realidades geopolíticas regionales y nacionales que  
forman parte de un mismo y complejo problema. La  
OIM ha estudiado de forma sistemática los países de  
donde provienen las principales olas migratorias y de  
desplazamiento forzado, y sus datos permiten dimen-  
sionar cualitativa y cuantitativamente el fenómeno mi-  
gratorio.  
inmigrantes y refugiados que trataban de llegar a Ita-  
lia, Grecia y España, lo que suponía una media de diez  
muertes al día. Aunque no se cuenta con datos sólidos  
hasta lo que va del presente año, la información actual  
parecería desbordar las proyecciones. La OIM ha do-  
cumentado también las referencias geográficas de las  
rutas de los desplazamientos, denominadas por mu-  
chos como rutas de la muerte. De ellas la más compli-  
cada es la que se traza del norte de África hacia Italia y  
Malta, donde se registran más muertes. Este itinerario  
es seguido por la denominada ruta oriental, entre Tur-  
quía y Grecia; y finalmente se sitúa la ruta occidental,  
que se dibuja desde el África a las Islas Canarias en  
España (Hispan TV 2016).  
Otra de las agencias internacionales que ha trabajado  
constantemente en las diferentes crisis humanitarias  
es ACNUR, organización que al estudiar el fenómeno  
global del desplazamiento masivo por guerras y con-  
En el año 2015, los datos de la OIM fueron estremece-  
dores; la organización señalaba que durante el trans-  
curso del año pasado, se calculaba la muerte de 3.573  
1
La OIM originalmente se denominó Comité Intergubernamental Provisional para los Movimientos de los Migrantes (1951), luego cambiaría a CIME, y  
finalmente a OIM. Desde el año 2006, la OIM fue convocada por la Asamblea General de las Naciones Unidas al Diálogo de Alto Nivel sobre Migración  
Internacional y Desarrollo, consolidándose su coordinación en los temas concernientes a su mandato.  
20  
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cos como privados, nacionales como internacionales  
(
Agozino 2008, 27; García Picazo 2009, 51).  
Al respecto, debe señalarse que los problemas terri-  
toriales y estratégicos en Medio Oriente pueden ras-  
trearse desde la Primera Guerra Mundial, dado que las  
potencias vencedoras concibieron a esta región como  
una bisagra entre Europa y Asia. De esta forma, los lí-  
mites de los Estados fueron borrados y los países de  
esta región se convirtieron en protectorados y zonas de  
influencia, como ocurrió a través del Acuerdo de Sikes  
Picot en el que Inglaterra y Francia, de algún modo  
se adjudicaron los territorios que una vez fueron con-  
quistados por el Imperio Otomano, de tal forma que  
Palestina, Jordania e Irak quedaron bajo el dominio  
británico; y una buena parte de Siria y Líbano a cargo  
de Francia (Gil, James y Lorca 2014, 7).  
flictos, llegó a determinar como una cifra dura, que al  
014 los desplazamientos forzosos llegarían a casi 60  
2
millones de personas (59.5 millones de personas), ubi-  
cando este problema contemporáneo como el más gra-  
ve después de la II Guerra Mundial. Esta organización  
de Naciones Unidas ha establecido una media diaria  
de 42.500 personas abandonando sus casas y pugnan-  
do por protección en un lugar ajeno a su domicilio, ya  
sea en su propio país o fuera de él. En este escenario  
global, ACNUR ha señalado que Siria es el país a ni-  
vel mundial que tiene un mayor número de desplaza-  
dos internos (7.6 millones) como de refugiados (3.88  
millones/finales de 2014). En ese contexto, aunque las  
cifras no están actualizadas, las proyecciones siguen  
ubicando al conflicto sirio como el epicentro de la ca-  
tástrofe (ACNUR 2015, 2).  
En conexión a lo señalado, luego de la II Guerra Mun-  
dial, Israel se convertirá en un nuevo actor geopolítico  
con sus propios intereses en la región. A este escenario  
de gran complejidad se debe articular otro actor rele-  
vante como lo es Arabia Saudí, que a través del Pacto  
de Quincy con los Estados Unidos, definirá una alian-  
za energética y política de acceso privilegiado al petró-  
leo que terminará desestabilizando a Medio Oriente,  
teniendo en cuenta la capacidad de difusión cultural  
religiosa de Arabia Saudí a través del wahabismo (Dazi  
2013, 28).  
Bajo los números, los escenarios, y los territorios,  
el abordaje a la crisis humanitaria parece estar fuer-  
temente marcado por una explicación geopolítica,  
puesto que es esta disciplina científica la que aborda  
las múltiples relaciones que se producen entre el es-  
pacio (en términos geográficos) y el poder (como  
abstracción total del dominio de lo político) en clave  
de la participación de diferentes agentes, tanto públi-  
Con dichas coordenadas geo-estratégicas, los movi-  
mientos de descolonización y las corrientes naciona-  
listas pan-arábicas, deberán abiertamente negociar su  
poder económico, militar y energético con Estados  
Unidos, Arabia Saudí e Israel; pero también con otro  
aliado occidental como Turquía (Ghotme, Garzón y  
Cifuentes 2015, 15).  
En este contexto, las denominadas Primaveras Árabes  
jugaron un papel decisivo para re-instrumentar el or-  
den en Medio Oriente; dado que, si bien se originaron  
en reacciones legítimas democráticas a los autoritaris-  
mos de corte carismático-religioso, terminaron siendo  
cooptadas por las clases dominantes locales y por po-  
deres extra-regionales que no posibilitaron consensos  
políticos, sino que más bien, gatillaron reacciones po-  
líticas violentas que des-institucionalizaron aún más a  
los regímenes políticos en Túnez y Egipto, y de forma  
más compleja a Libia y Siria, respectivamente (Gonzá-  
lez 2011, 112).  
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A partir de estos datos, y con las particularidades his-  
tóricas locales, debe leerse la crisis humanitaria dispa-  
rada desde Siria hacia Europa pasando por todos los  
itinerarios de violencia y muerte que están marcados  
en su camino. Sin dejar de mencionar que para apro-  
ximarnos al caso sirio, siguiendo el análisis Jorge Orbe  
León, se pueden identificar al menos tres geopolíticas  
diferentes.  
Una última y no menos importante geopolítica en  
Siria, obedece al factor financiero, puesto que sus ac-  
tividades especulativas parecen ser de menor intensi-  
dad en Estados Unidos y la Unión Europea, dato que  
permite hablar de una suerte de estrategia definida en  
Wall Street como la occidentalización de Medio Orien-  
te que implicaría remover los obstáculos culturales y  
religiosos del mundo islámico que rechaza cualquier  
noción de usura (esencial para el capital especulativo),  
y movilizar de este modo flujos de capital global e in-  
versiones con mayor rapidez a regiones del mundo que  
ofrecen mejores posibilidades financieras (Ibíd., 38).  
Una primera geopolítica del agua (Rio Jordán) fuerte-  
mente definida por el control estratégico de los Altos del  
Golán por parte de Israel, y en la disputa también con  
Turquía por la construcción de grandes hidroeléctricas  
y represas. Existe también, una segunda geopolítica en  
juego dentro y fuera de Siria que es la energética (pe-  
tróleo y gas), en la que su importancia situacional no se  
debe a grandes cantidades de reservas, sino a que Siria  
tiene fronteras con Turquía, Irak, Jordania, Israel, Pales-  
tina y Líbano, e incluso piso de frontera en las costas del  
Mediterráneo donde Rusia cuenta con una base naval.  
Es precisamente esa condición geográfica la que com-  
plejiza la guerra, y condiciona que el balance de sus acto-  
res e intereses pospongan su resolución (Orbe 2013, 31).  
Entre todos estos fuegos, la crisis humanitaria es cier-  
tamente un resultado colateral, pero es también la de-  
manda más importante para pacificar la zona, razón  
por la cual el propio Papa Francisco luego de su visita  
al campo de Moria, puso en evidencia el dilema moral  
en la situación de los refugiados con el agravante de la  
firma del Acuerdo entre Turquía y la Unión Europea,  
para supuestamente controlar el flujo migratorio, un  
tapón a presión que no parece ofrecer soluciones sus-  
tentables (BBC 2016).  
Al revisar diferentes estudios sobre migración,  
tanto aquellos que se consideran de enfoque macro,  
donde se impone el análisis demográfico y económi-  
co, como en las investigaciones que responden a fór-  
mulas micro, en las que destacan los análisis de casos,  
historias de vida, etnografías y algunos estudios sobre  
redes y cadenas migratorias, las conclusiones de una  
buena parte de estos esfuerzos coinciden en señalar  
que la migración es un problema complejo, histórico  
y de naturaleza cambiante, que sus causas y efectos de-  
ben mirarse siempre dentro de contextos particulares,  
y que es necesario echar mano de diferentes técnicas y  
metodologías para dar cuenta de sus múltiples facetas  
e impactos sociales, culturales, étnicos, económicos,  
y jurídicos, entre otros aspectos (Chambers 1994, 67;  
Herrera 2003, 87; Fonseca 2009, 8).  
mencionar que el Derecho Internacional Público des-  
de el pensamiento de Francisco de Vitoria reconocía la  
existencia del derecho de una persona a circular libre-  
mente y establecerse pacíficamente en territorios aje-  
nos a su propio Estado, institución jurídica reconocida  
en el corpus del Ius Humanitatis. Sobre la dimensión  
colectiva de la migración no aparecerían vestigios ju-  
rídicos vinculados a este enfoque (Chueca 2006, 193).  
En este orden de cosas, el Ius Migrandi a ojos de al-  
gunos autores, aparece como un derecho que todavía  
no encuentra clasificación en el acervo jurídico de los  
derechos humanos, mostrando que su configuración  
jurídica y alcance sería una novísima contribución del  
derecho contemporáneo, cuando en realidad las bases  
fundamentales de tal derecho ya fueron definidas en el  
Derecho de Gentes. No obstante el derecho a migrar  
parecería estar restringido bajo la óptica del poder he-  
gemónico por cuanto algunas potencias no se adscri-  
ben al terreno jurídico de protección de este derecho  
al balancear sus obligaciones internacionales con sus  
intereses económicos y políticos. De todas formas,  
las bases fundamentales de este derecho están nítida-  
Ahora bien, al aproximarnos al derecho a migrar, esta  
noción jurídica puede percibirse desde una perspecti-  
va individual generando alcances y dimensiones espe-  
cíficas. De otra parte, al analizar el derecho a migrar  
en clave colectiva o masiva parecen existir otras impli-  
caciones jurídicas y políticas. Al respecto es oportuno  
22  
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mente trazadas en la Convención Internacional sobre  
la Protección de los Derechos de los Trabajadores Mi-  
tos de refugiados, repatriación voluntaria, entre otros  
4
(Ibíd.).  
2
gratorios y sus Familiares. (Truyol y Serra 1998, 58;  
Renouvin y Duroselle 2000, 49)  
En cuanto a la definición de migrantes, el comunicado  
de ACNUR precisa que estas personas eligen trasla-  
darse sin una motivación emergente como las ame-  
nazas de persecución o muerte que justifican la pro-  
tección a las personas consideradas refugiadas: para  
el migrante es más importante mejorar su condición  
socioeconómica, laboral o de educación, y de algún  
modo con respecto a él, su gobierno o Estado mantie-  
ne todavía un nivel de protección y asistencia. En este  
orden de cosas, la ACNUR señala que la confusión que  
pueden generar ciertas autoridades nacionales y algu-  
nos Estados al aplicar indistintamente estos estatutos  
jurídicos a las personas, puede traer consecuencias  
jurídicas y sociales complejas en ellas, puesto que se  
puede restringir la institución de asilo de refugiados al  
reconocerlas como migrantes, o impedir en el caso de  
migrantes un proceso de reasentamiento técnico por  
parte de la OIM (Ibíd.).  
A pesar de que como se ha demostrado, el Derecho  
Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) ha  
posibilitado un cauce de convergencia para proteger  
a las personas, la propia ACNUR en declaraciones de  
uno de sus voceros, ha llamado la atención de los Esta-  
dos y la opinión pública al señalar que es conveniente  
lograr precisiones sobre los términos ‘refugiado’ y ‘mi-  
grante ’, al ser usados indistintamente en los discursos  
mediáticos y políticos (Adrián 2015).  
Al respecto, se debe considerar refugiadas a las perso-  
nas que huyen de conflictos armados, o que se encuen-  
tran perseguidas por sus gobiernos, grupos religiosos,  
militares o de otro tipo que ejercen grave presión so-  
bre sus vidas, tanto que su sobrevivencia depende de  
la posibilidad de establecer un nuevo proyecto de vida  
3
fuera del espacio geográfico al que pertenecen. En  
este escenario, los refugiados se desplazan principal-  
mente hacia países vecinos, o como ocurre de forma  
cada vez más frecuente, inician largas travesías en ru-  
tas de alta peligrosidad, evidenciando la paradoja de  
que su vulnerabilidad no se reduce al abandonar su  
país de origen.  
En todo caso, la ACNUR reconoce también que la  
actual crisis humanitaria que se desarrolla en Medio  
Oriente, y que implica un desplazamiento forzado ha-  
cia las fronteras europeas, utilizando medios maríti-  
mos precarios (pateras) hacia puertos griegos o italia-  
nos, implica una doble composición de refugiados y  
migrantes. En torno a los primeros sus registros seña-  
lan que provienen de Irak, o Siria principalmente, en-  
tonces la orientación técnica de protección implicaría  
procedimientos de asilo.  
Para los refugiados el Derecho Internacional ha ge-  
nerado un umbral jurídico de protección concebido a  
partir de la Convención sobre el Estatuto de los Re-  
fugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. De forma  
regional y complementaria, se consideran de impor-  
tancia instrumentos como la Convención que Regula  
los Aspectos Específicos de los Problemas de los Re-  
fugiados en África de la Organización de la Unidad  
Africana (OUA) y la Declaración de Cartagena sobre  
los Refugiados de 1984. Estos instrumentos jurídicos  
internacionales, ponen énfasis en asuntos como el no  
rechazo de refugiados en frontera, asilo, reasentamien-  
A diferencia, si se trata de migrantes, deberían des-  
plegarse procedimientos de protección, re-ubicación  
o reasentamiento para fines laborales o educativos,  
pero también para su propia seguridad. Sin embar-  
go, en este último grupo podrían incluirse a personas  
de Eritrea, Somalia, o Libia en cuyo interior también  
existen altos niveles de violencia. A pesar de lo seña-  
lado, algunas autoridades europeas no visibilizan con  
2
3
4
La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares fue adoptada por la Asamblea  
General de la ONU, Resolución No. 45/158 de 18 de diciembre de 1990. Desde el artículo 8 al 56 se detallan todos los derechos humanos de los personas  
migrantes y sus familiares, estableciendo un catálogo completo e integral de derechos que deben ser reconocidos por los tres tipos de Estados recono-  
cidos en esta Convención dentro de su artículo 6: Estado de Origen, Estado de Empleo y Estado de Tránsito.  
A nivel internacional existen múltiples instrumentos normativos que regulan el refugio y la situación jurídica de los migrantes y refugiados por igual, se  
pueden situar cronológicamente por ser los primeros instrumentos para su protección al: Protocolo Especial relativo a los Apátridas (1930), la Declara-  
ción Universal sobre Derechos Humanos (1948), Convención sobre la Prevención y Castigo del Crimen de Genocidio (1948), y la Convención No. 97  
de la OIT relativa a la Migración para Empleo (revisada en 1949).  
En el orden regional (interamericano) la protección de migrantes y refugiados se posibilitó por la presencia de la Convención de los Estados Americanos  
sobre Asilo Político (1935), el Tratado de los Estados Americanos sobre Asilo Político y Refugio (1939), la Declaración Americana sobre Derechos y  
Obligaciones del Hombre (1948), la Convención de la OEA sobre Asilo Territorial (1954), y la Convención de la OEA sobre Asilo Diplomático (1943).  
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claridad los estatutos de protección y niegan ad-portas  
múltiples causas justificadas para otorgar asilos (Ibíd.).  
funcionales al proyecto de emancipación moderna,  
parecerían haber restringido o excluido a la persona  
en el plano contemporáneo, por cuanto a juicio de la  
pensadora alemana ser ciudadano implicaba ser pro-  
pietario de un territorio y de una comunidad política  
exclusiva, dejando fuera a la realidad sociopolítica y  
cultural del nuevo migrante que se construye con una  
identidad local-nacional pero que es a la vez, un suje-  
to global creado con una geografía interdependiente,  
conflictiva, y compleja (Arendt 1998, 7).  
En conexión con lo señalado, este juego de reconoci-  
mientos o desconocimientos de los agentes estatales,  
de la opinión pública y de los discursos políticos, los  
migrantes, los desplazados o los refugiados, o todos  
ellos dentro de un mismo estatuto jurídico y fáctico,  
debe apreciarse como una estrategia global de invisi-  
bilización de las personas que únicamente se aprecian  
como cifras o números en medio del mar, en las rutas  
de tránsito, o en los nuevos campos de concentración  
que se han levantado para detenerlos antes de llegar a  
una sociedad receptora.  
En definitiva lo que está en juego es la posibilidad de ir  
más lejos del diseño jurídico de protección internacio-  
nal del migrante, o del desplazado, situando derechos  
y prácticas de reconocimiento, más allá del campo he-  
gemónico y simbólico del Estado-nación.  
Bajo estos hechos, cobra sentido pensar la construc-  
ción de un nuevo Ius Migrandi que suponga el desa-  
rrollo de un derecho positivo distinto, dado que los  
derechos humanos no pueden estar únicamente su-  
peditados a la condición de ciudadanía, y menos aún  
de forma irrestricta a un solo estatuto nacional (Esta-  
do-Nación) como fórmula prevalente para toda rela-  
ción jurídica. Es quizás más importante apropiarnos  
de un otro Ius Gentium que permita al mismo tiempo,  
la evolución de las instituciones jurídicas del Derecho  
Internacional y la humanización de la persona (Abe-  
llán 2012, 346).  
Este aspecto ya ha sido recogido por la normativa in-  
ternacional de protección, pero aún deja un amplio  
ámbito de maniobra para los Estados en relación con  
el cumplimiento de sus obligaciones internacionales,  
en cuanto a reconocer un estatuto de nacionalidad  
cosmopolita, entendiendo de paso que el concepto  
de ciudadanía nacional de algún modo se encuentra  
en crisis y no puede desconocerse la des-territoriali-  
zación de la política y de la economía, así como sus  
grados de intervención y control local en bucles com-  
plejos-deslocalizados que permiten el flujo del capital,  
pero que restringen la movilidad humana, o al menos  
a ciertos tipos de movilidad humana (de ciertas perso-  
nas o países,) generando un proceso clasificatorio de  
los migrantes o los refugiados conforme una estructu-  
ra de poder que ordena y selecciona (Laclau 2000, 24).  
Ciertamente, si seguimos la línea crítica del pensa-  
miento de Hannah Arendt, encontraremos que la  
definición de derechos humanos condicionada a la  
relación entre derecho y ciudadanía, y estos concep-  
tos a su vez con la noción de nacionalidad que fueron  
LA GEOMETRÍA DEL PODER: UNA ALTERNATIVA DE ANÁLISIS  
Como fue señalado anteriormente, las políticas  
de blindaje a la entrada de los migrantes o de los  
desplazados en diferentes lugares del mundo, no son un  
conjunto de reacciones espontáneas y desconectadas  
de ciertos gobiernos, o de autoridades, frente a grandes  
desplazamientos poblacionales; sino que constituyen  
la expresión de una lógica de bloqueo a la movilidad  
humana, que aunque reconoce el discurso occidental  
de los derechos humanos, desarrolla una práctica  
selectiva que debe ser legitimada, frecuentemente,  
por el sistema jurídico (Mezzadra 2005, 14). En esta  
perspectiva, los territorios o los lugares tienen una  
connotación política y jurídica de vital importancia; y  
no deben ser considerados como nociones neutrales  
o meramente descriptivas, sino más bien como  
construcciones sociales dentro de determinadas  
relaciones de poder. Así tanto el espacio, como el  
tiempo, están relacionados con diferentes experiencias  
espaciales de la historia de cada geografía. Por esta  
razón, cada espacio, cada frontera, o cada ruta es  
decodificada por los migrantes como una trayectoria  
en la que se juega la vida, y así mismo, cada política  
de restricción nacional empleada por los Estados  
decodifica su propia traducción del espacio y tiempo  
(de connotación política). Por eso, el espacio no puede  
ser concebido como un mero contenedor de hechos  
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sociales, sino más bien como un multi-reactor de  
economía política, de reglas, de instituciones, y de  
organización estratégica del capital (Massey 2008, 49).  
antagónicos, a un frente entre países y pue-  
blos […] (Massey 2012, 8)  
Las apreciaciones geográficas y políticas de Massey  
nos advierten una complejidad mayor al problema mi-  
gratorio, de desplazamiento forzado y de refugiados;  
por cuanto cada una de las historias individuales de las  
personas en tal situación se condensan en masas uni-  
formes nacionales que son clasificadas culturalmente  
o a partir de una matriz religiosa, regresándonos a un  
punto de partida estéril para solucionar los problemas  
bajo la políticas de extranjería o las normas de protec-  
ción internacional de derechos humanos.  
A partir de este enfoque, no han sido la Ciencia Po-  
lítica, ni la Sociología, y menos las Ciencias Jurídicas  
(
a través de sus corpus teóricos o metodológicos), las  
que contemporáneamente han enfrentado la tarea de  
resolver la problemática política de los flujos migra-  
torios, o de las imparables olas de refugiados que in-  
tentan llegar a Europa. Al respecto, los planteamientos  
más lúcidos y consistentes provienen actualmente de  
la denominada Escuela Europea de “Geografía Críti-  
ca”. Precisamente dentro de esta tendencia interdisci-  
plinaria se destaca el pensamiento de la especialista  
británica Doreen Massey, quien ha detectado una cier-  
ta crisis en los conceptos de espacio y lugar, nociones  
fundamentales que permiten una lectura política de  
diferentes coyunturas económicas, sociales o cultura-  
les. Obviamente, la situación humanitaria global desa-  
tada por los conflictos bélicos de Medio Oriente puede  
ser leída también bajo un enfoque geográfico crítico  
De vuelta al análisis geográfico crítico, Doreen Mas-  
sey nos muestra el concepto de geometría de poder  
como un proceso en el que el espacio es un producto  
relacional que se encuentra en continua transforma-  
ción. La autora diferencia al espacio como algo dado  
o inerte (stasis), de un espacio con carácter dinámico  
y abierto, susceptible de anomalías o fallos (espacio  
humano) descrito como “to lack”. Este último espacio  
puede ser intervenido políticamente, y es justamente  
en este donde se abre la posibilidad de impugnación  
de su orden, o de negociación de los actores que par-  
ticipan en su construcción (consensos). Entonces, al  
definir el papel estratégico de la noción de geometría  
de poder, Massey sitúa dos características esenciales  
en su análisis geográfico. La primera de ellas se refiere  
a que el espacio es ante todo relacional (el espacio se  
construye a partir de relaciones sociales); y en segundo  
lugar, refiere que el espacio adquiere una dimensión  
de multiplicidad, cualidad que tiene que ver con que el  
ser humano dentro de un clima cultural diverso, puede  
contar con diferentes trayectorias que se desarrollan  
en un haz de direcciones. La movilidad humana como  
derecho precisamente está definida por la multiplici-  
dad del espacio donde existe el reto de sobrevivir en un  
medio distinto a la sociedad de origen. La migración  
entonces es en cierta medida, una historia social dota-  
da de multiplicidad espacial (Ibíd., 10).  
(
Ibíd., 78).  
La autora estudia principalmente las relaciones loca-  
les y globales en Europa a partir de asuntos como la  
centralización ideológica y política de grandes ciuda-  
des como Londres, y mira las consecuencias de ciertos  
discursos políticos con una escala geográfica. Así des-  
cribe las tensiones entre los Estados dentro de la Zona  
Euro, desmontando los imaginarios populistas de cier-  
tos sectores de centro de derecha que pueden calificar  
a varios países (Grecia, España o Portugal) como eco-  
nomías poco colaborativas con la Zona Euro, y dife-  
renciarlas de países siempre exitosos como Alemania.  
Estas diferencias creadas artificialmente pueden gene-  
rar enemistad entre los pueblos, pero rentabilidad po-  
lítica a ciertas élites poco patriotas interesadas en tales  
tensiones, con lo que reconoce a estos conflictos como  
trampas geográficas. En sus propias palabras:  
[…] en esta geografía, el verdadero enemi-  
go, el verdadero problema, desaparece; es  
un disfraz espacial que oculta la realidad  
de un capitalismo que enfrenta los ban-  
cos, las élites, el sector financiero contra la  
mayoría del pueblo de cada país. De este  
modo una maniobra geográfica hace que  
el frente político, pase de ser un frente en-  
tre clases o intereses sociales y económicos  
Sin embargo, el aporte efectuado por la geografía críti-  
ca, los movimientos sociales globales, los intelectuales  
progresistas, la intervención de los organismos inter-  
nacionales de protección de derechos humanos para  
respetar o acoger a las personas que huyen de su so-  
ciedad de origen e intentan construir una nueva vida  
alejada del ruido de la guerra, parece ser descartado  
en diferentes ámbitos, teniendo incluso argumentos  
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que respaldan la indolencia o la inacción a la hora de  
tomar decisiones.  
el que debe advertir a Europa de los peligros sociales  
de una migración incontrolada (Vitale 2006, 77).  
En este contexto, declaraciones como las del politólo-  
go italiano Giovanni Sartori pueden servir para fun-  
damentar discursos xenófobos o nacionalistas que  
incendien las democracias europeas construidas bajo  
garantías de no regreso al pasado (Gómez Fuentes  
A manera de corolario, se debe advertir que un discur-  
so político y académico como el de Sartori puede tener  
efectos imprecisos e inesperados en los países recepto-  
res de migrantes y de refugiados, toda vez que la violen-  
cia del Estado Islámico (EI) actúa como una catapulta  
política que legitima restricciones a cientos de personas  
atrapadas en los fuegos cruzados; en este clima violen-  
to, se puede apreciar una lógica de trampa geográfica y  
cultural como la definida por Doreen Massey para mi-  
rar en todos lados a un enemigo, y desestructurar los  
avances jurídicos y políticos de la democracia occiden-  
tal que tiene como sus mejores aportes a las luchas so-  
ciales, los consensos políticos, el Derecho Internacional  
de los Derechos Humanos y la doctrina política deri-  
vada del Derecho Constitucional; que en conjunto han  
operado como diques para contener simultáneamente  
a los autoritarismos, como también, a diversos atenta-  
dos a las soberanías nacionales (Heller 2010, 364).  
2016).  
De forma más reciente, en entrevistas concedidas a  
diferentes medios escritos, el mismo autor ha intenta-  
do caracterizar que todos los esfuerzos para construir  
una sociedad multicultural en Europa han fracasado, e  
incluso ha señalado que el multiculturalismo no exis-  
te debido a la dificultad de asimilación de migrantes,  
principalmente islámicos, en el seno de sociedades eu-  
ropeas como la alemana. Sartori niega también la ideo-  
logía y su papel histórico en las democracias occiden-  
tales, y valora como una noción de mayor relevancia al  
sentido común, siendo precisamente este mecanismo,  
A MANERA DE CONCLUSIÓN  
El artículo propuesto examina a vuelo de pájaro  
la contribución institucional de protección de orga-  
nismos como la OIM y la ACNUR, señalando la im-  
portancia de documentar y sostener en territorios una  
gestión internacional de protección a los migrantes,  
desplazados y refugiados dentro de un terreno atrave-  
sado por las contingencias geopolíticas y estratégicas  
que actualmente definen el terreno de las migraciones.  
en ella donde las personas se someten a clasificaciones,  
selecciones, etiquetamientos y discriminación.  
También en la dimensión política se pueden producir  
resistencias y re-significaciones de la lucha social, que  
al ser acompañadas de estrategias jurídicas de alcance  
local y global, pueden rastrear responsabilidades po-  
líticas y jurídicas de los Estados, de los gobernantes, e  
incluso de corporaciones que mueven hilos invisibles  
en la toma de decisiones sobre asuntos migratorios,  
principalmente en los órdenes financieros y económi-  
cos. En esa perspectiva, la operación del poder de los  
Estados, enmascara intereses y distribuye posiciones  
de fuerza en los espacios y en los lugares, desde donde  
es posible controlar a los cuerpos y a la vida como ins-  
tancias políticas de subordinación.  
En este sentido, sin la voluntad política de los Estados,  
los esfuerzos de estos organismos internacionales son  
siempre menores a la hora de generar soluciones sos-  
tenibles en la emergencia humanitaria.  
De otro lado, el derecho a migrar debe apreciarse  
como un derecho abierto, a pesar de que los Estados  
y las regiones lo limitan dentro de envases normativos  
basados en un control soberano cada vez más erosio-  
nado por las prácticas autoritarias e ilegítimas de las  
decisiones políticas de sus gobiernos. Con lo señalado,  
la verdadera batalla para legitimar el derecho a migrar,  
sigue estando dentro del terreno de la política, pues es  
Dentro de ese escenario, escapar, es parte de una res-  
puesta contra-hegemónica puesta en marcha por las  
personas, para re-ordenar su subjetividad, esperando  
que el ruido de la guerra termine para volver, y en de-  
finitiva, seguir sobreviviendo en el Hades.  
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