Facultad de Derecho
mide el nivel en que los países cubren las necesidades
sociales y ambientales de sus ciudadanos, tales como
son el acceso a la educación, salud, vivienda, a una
nutrición adecuada, a la información, la sustentabili-
dad de su ecosistema, los derechos personales y, por
supuesto, la seguridad personal de sus ciudadanos. Si
se toman en cuenta todos estos elementos, México se
encuentra en el lugar número 53 de 133 países que in-
cluye esta mediación, sin embargo, si se considera solo
el índice de seguridad personal, el lugar de México
desciende hasta el 124 de 133. En este dato se conside-
ra la tasa de homicidios, el nivel de crímenes violentos,
la criminalidad percibida, el terror político (violacio-
nes de los derechos civiles y políticos) y las muertes en
carreteras (Índice de Progreso Social, 2017).
co es percibido como el país más corrupto entre los
miembros de la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económicos (OCDE), y se calcula que,
de mantenerse esta tendencia, se necesitarían 40 años
para dejar de ocupar ese último sitio (CASAR 2015,
12).
A estas alarmantes cifras se debe agregar la percepción
que tiene la ciudadanía sobre las autoridades respon-
sables de la seguridad y justicia en el país. Como se
mencionó al señalar la reforma al artículo 20 constitu-
cional, la manera en la que se plantea el sistema oral y
acusatorio incluye fortalezas tales como los principios
de publicidad, concentración, contradicción, conti-
nuidad e inmediación, así como la creación de meca-
nismos cuya finalidad es la protección de los derechos
humanos. Sin embargo y más allá de la transición de
un sistema preponderantemente inquisitivo a uno
acusatorio y de las ventajas que ella puede ofrecer, la
principal debilidad de la reforma está en que sus ope-
radores, es decir, los encargados de llevarla a la reali-
dad, serán exactamente los mismos involucrados con
el sistema anterior, aquellos que causaron en primer
lugar el desencanto ciudadano con el sistema penal.
Datos arrojados por la Encuesta Nacional de Victi-
mización y Percepción sobre Seguridad Pública 2016
(
ENVIPE), realizada por el INEGI, señalan que, du-
rante 2016, el 34.2% de los hogares en el país tuvo al
menos una víctima del delito, de los cuales el 93.6%
no fue denunciado; y del porcentaje restante, es decir,
del 6.4% de los delitos que sí fueron denunciados ante
el Ministerio Público, el 49% de las víctimas señalan
que no se resolvió nada (INEGI 2017, 10-11). Es im-
portante remarcar esta última parte, pues el principal
problema relacionado con la inseguridad tiene que ver
con los altos índices de impunidad, entendido este tér-
mino como la falta de sanción a una conducta que la
ley prevé como merecedora de tal. En otras palabras,
delitos que se cometieron, pero cuyos responsables no
fueron castigados.
El sistema de justicia penal acusatorio estará a cargo
de ministerios públicos, jueces y policías que la po-
blación asocia inmediatamente con corrupción. La
Tercera Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gu-
bernamental, a cargo del INEGI, revela la percepción
ciudadana sobre la corrupción en ciertos sectores del
gobierno. Destacan los cuerpos policiacos, a los cuales
el 89.8% de la población percibe como corruptos, el
Ministerio Público alcanza el 78.8% en esta medición,
mientras que los jueces y magistrados son asociados
con corrupción por el 69.2% de los mexicanos (INEGI
2016, 44).
El Índice Global de Impunidad 2017 ubica a México
como el cuarto país con mayor impunidad, solo des-
pués de Filipinas, India y Camerún, y apenas por en-
cima de Venezuela, Perú y Brasil. Este índice reúne in-
formación de 69 estados miembros de la Organización
de las Naciones Unidas (ONU) en materia de seguri-
dad, justicia y derechos humanos (Le Clercq 2017, 44).
Mención aparte merece la frecuente violación a dere-
chos humanos, realizada principalmente por minis-
terios públicos y policías. En el sistema inquisitivo,
la llamada prueba reina -por utilizarse como pilar en
la mayor parte de las sentencias- era la confesión, es
decir, el reconocimiento del inculpado de los hechos
por los que fue acusado. En el nuevo sistema, este tipo
de prueba desaparecerá, al dejar de tener validez den-
tro del proceso; sin embargo, los estragos que dejó y
los métodos utilizados en obtenerla tardarán mucho
tiempo en desaparecer, tal y como lo señala Amnistía
Internacional (2014, 7):
Otro de los elementos que se debe tener en cuenta para
tratar de explicar el lastre en el que se convirtió el sis-
tema de justicia penal en México, es la corrupción que
impera en el país. Dicho fenómeno, presente en prácti-
camente todos los ámbitos, sean económicos, políticos
o sociales, ha contribuido al detrimento de las institu-
ciones encargadas de administrar justicia. De acuerdo
al Índice de Percepción de la Corrupción, elaborado
por Transparencia Internacional durante 2016, Méxi-
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CÁLAMO / Revista de Estudios Jurídicos. Quito - Ecuador. Núm. 8 (Diciembre, 2017): 44-56